La Corte Constitucional votará aprobación de la pensional tras dos años sin luz verde
viernes, 21 de agosto de 2026
El próximo martes 25 de agosto, la sala plena de la corte constitucional votará para definir el futuro de la reforma, pero hay riesgo de que el trámite se extienda por empate
A pesar de que la reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro se aprobó en el Congreso el 14 de junio de 2024, ya pasaron más de dos años y todavía no ha entrado en vigencia esto porque la decisión de aprobación final está en manos de la Corte Constitucional y el proceso ha estado frenado desde junio del año pasado tras recusaciones e impedimentos por parte de los jueces, pero parece que ya habrá un falló final que le de luz verde o finalmente la tumbe.
Se conoció que el próximo martes 25 de agosto se votará la ponencia de la magistrada y presidenta de la Corte, Paola Meneses, y nueve autos sobre aspectos de trámite y aclaraciones para definir el futuro de la Ley 2381 de 2024. Pero este puede no ser el final de esta reforma, ya que la Sala Plena está conformada por ocho magistrados y la votación puede quedar en empate.
Pero Mario Cajas, director del Centro De Derecho Constitucional de la Universidad Icesi, explicó que “es muy probable que uno de los votos se mueva o se incline y que la votación quede cinco a tres. Con la Corte pasa muchas veces que en los medios se dice que las perspectivas de la votación son de un modo, pero resulta que no es así como está ocurriendo, o que en el transcurso de la deliberación alguien termina convencido o cambia su postura”.
Sin embargo, en el escenario que la votación quede cuatro a cuatro, lo que sucederá es que inmediatamente se determine que hay que recurrir a un conjuez. “Supondría que citarán a una nueva sesión, que podría ser la semana siguiente, dependiendo de los tiempos de ellos, porque además tienen muchos procesos y expedientes pendientes. Pero es probable que de manera rápida se sortee al conjuez, y luego viene su aceptación, y uno esperaría que se dé esa misma semana y, ojalá, no tenga ningún impedimento, porque de lo contrario tendrían que volver a elegir a otro.
De forma que la Corte Constitucional sea rápida para dirimir esa controversia porque ya están muy pasados de tiempos y que en dos o tres semanas esté resuelto, pero sin datos exactos porque no hay términos concretos”, explicó Cajas sobre el proceso, y concluyó que no hay un tiempo exacto en el que la Corte Constitucional tenga la decisión final por la discrecionalidad de los términos de las altas cortes.
“De todos modos, apenas están discutiendo aspectos procedimentales por vicios de trámite, pero no ha entrado a resolver el asunto de fondo. Es decir, incluso si esto se resuelve favorablemente para la reforma, luego vendrá la discusión de los cargos de fondo de quienes consideran que es inconstitucional por razones materiales; es decir, porque hay una afectación de otras normas constitucionales que van más allá del procedimiento”, concluyó.
Ante este panorama, el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, explicó que de aprobarse la reforma las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFP, acatarían el fallo de la Corte y entrarían en la etapa de implementación operativa del nuevo sistema de manera ordenada.
“En ese escenario, varios de los operadores del nuevo sistema, incluidos nosotros, solicitamos que la Corte Constitucional defina en su sentencia un plazo para perfeccionar la operatividad del nuevo sistema. Hace falta, además terminar de expedir las normas reglamentarias. Los plazos solicitados van desde los dos a los seis meses para ese proceso”.
En cambio, si la Corte finalmente declara inexequible la reforma, Velasco señaló que “varios de los procesos perderían su razón de ser. Sin embargo, hay procesos que ya tuvieron efecto, como la Oportunidad de Traslado, que permitió a los trabajadores que estaban a menos de 10 años de pensionarse, cambiar de régimen pensional. En ese escenario, esperamos que los traslados que ya ocurrieron se mantengan en firme. Para lo demás, los fondos continuarían operando bajo las reglas actuales, es decir, bajo la Ley 100”, concluyó.