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La Superindustria define las reglas de juego para las fintech, ante falta de regulación

Gráfico LR

Les pide brindar información clara de sus tasas, liquidar los intereses de mora solo por las cuotas atrasadas, y no cobrar con amenazas

Brayan Xavier Becerra

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, dictó una serie de medidas para las fintech, ante las múltiples denuncias y sanciones relacionadas con este sector que han llegado a la entidad en los últimos días.

La autoridad entregó las instrucciones de cómo deben operar las personas naturales o jurídicas que realicen operaciones mediante sistemas de financiación a través de medios tecnológicos. La advertencia se da en los casos en los que no hay una regulación clara para la realización de estas actividades.

La SIC aseguró que ha comprobado en varias oportunidades el presunto cobro de intereses por encima del límite legal permitido, cobro de valores no adeudados y de conceptos no informados previamente, difusión de la información del crédito del consumidor con sus conocidos, desembolso de una suma inferior al valor del crédito aprobado, entre otros.

También ha recibido denuncias por desembolsos de una suma inferior al valor del crédito aprobado, así como la inclusión de cláusulas abusivas.

Debido a esto entregó cuatro lineamientos principales con los cuales se deben regir las fintech, en lo que actúa como una especie de regulación provisional emitida a través de la Circular Externa n.º 002 del 10 de octubre de 2023 y con el fin de restablecer los derechos de los consumidores. Las medidas por las que deben operar las fintech son las siguientes:

  • Informar a los consumidores al momento de celebrar el contrato y por escrito sobre la tasa de interés remuneratoria y la tasa de interés moratoria expresadas en términos de tasa efectiva anual, la periodicidad de los pagos, el número de cuotas y valor de cada una.
  • Liquidar el interés moratorio solo respecto a las cuotas atrasadas y que se brinde información suficiente sobre las cesiones de crédito a terceros, los títulos valores, garantías otorgadas, el derecho que tienen los consumidores a realizar pagos anticipados sin que se generen sanciones y los valores o gastos adicionales a la operación de crédito, como lo pueden ser estudios de crédito, seguros y garantías, la modalidad del crédito y las indicaciones sobre los gastos de cobranza.
  • Abstenerse de realizar cobros bajo condiciones de amenaza, constreñimiento e intimidación frente al consumidor y terceros, so pena del ejercicio de las facultades sancionatorias de esta entidad y los traslados que en razón de su competencia deban surtirse en otras dependencias, como la Fiscalía General de la Nación.
  • Garantizar que el servicio ofrecido no cause daño a la integridad del consumidor y que su prestación se dé con las características informadas. Así mismo, que la información a suministrar sea clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa, idónea y en castellano, y que excluyan de sus contratos toda cláusula considerada como abusiva.

La SIC también advirtió que sancionará a las fintech que no cumplan con estos lineamientos, de acuerdo con el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011.

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