Si vendió su carro en 2025 así le afecta a su declaración de renta gravable
jueves, 6 de agosto de 2026
La operación puede incidir en la obligación de declarar renta si hace que el contribuyente supere los topes de ingresos, patrimonio o consignaciones establecidos por la Dian
Maria Fernanda Galofre Quintana
La venta de un vehículo puede tener efectos en la declaración de renta de una persona natural, aunque esta operación, por sí sola, no significa que exista la obligación de declarar ni de pagar un impuesto. Lo determinante es si esa transacción hace que el contribuyente supere alguno de los topes establecidos por la Dian para el año gravable 2025.
Entre los principales criterios que revisa la entidad se encuentran los ingresos, el patrimonio y el valor acumulado de las consignaciones, depósitos o inversiones realizadas durante el año. Deberán declarar quienes hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a $69,7 millones o registren consignaciones, depósitos o inversiones por ese mismo monto. De igual forma, también estarán obligadas las personas cuyo patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025 supere los $224,1 millones.
En ese sentido, la venta de un vehículo podría hacer que un contribuyente sobrepase alguno de estos límites, dependiendo del efecto que tenga la operación sobre sus ingresos, patrimonio o consignaciones. Sin embargo, será el conjunto de los movimientos económicos realizados durante 2025 el que determine si existe la obligación de presentar la declaración de renta, y no únicamente la venta del automotor.
La Dian recuerda que presentar la declaración de renta no implica necesariamente el pago de un impuesto. Este documento tiene como finalidad reportar la información financiera del contribuyente y determinar, con base en sus ingresos, patrimonio y demás movimientos económicos, si existe un valor a cargo, un saldo a favor o si no hay impuesto por pagar.
Por ello, quienes hayan vendido un vehículo durante 2025 deberán verificar si esta operación modifica su situación frente a los topes establecidos por la autoridad tributaria y conservar los documentos que soporten la negociación, como el contrato de compraventa, el formulario de traspaso y los comprobantes de pago, en caso de que la Dian los requiera.
Antes de presentar la declaración, también es recomendable revisar la información exógena reportada ante la Dian para verificar que coincida con la situación financiera del contribuyente. En caso de encontrar inconsistencias, la entidad señala que la persona deberá contactar directamente a quien reportó la información para solicitar su corrección, ya que la administración tributaria no puede modificar esos datos. El declarante, deberá verificar que los valores coincidan.