Hacienda

La Superintendencia Financiera certificó que la tasa de usura de agosto sube a 27,44%

Esto representa un aumento de 17 puntos básicos (0,17%) en relación con la anterior certificación (18,12%)

Salomón Asmar Soto

La Superintendencia Financiera de Colombia certificó el Interés Bancario Corriente para el mes de agosto, en la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 18,29%, lo cual representa un aumento de 17 puntos básicos (0,17%) en relación con la anterior certificación (18,12%).

En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, un 27,44% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Asimismo, para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 27,44% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 26 puntos básicos (0,26%) con respecto al periodo anterior (27,18%).

Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante las Resoluciones 0605 de 2020 y 1293 de 2019 certificaron el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos: para el microcrédito, en 34,16%, que va del 1 de julio al 30 de septiembre; y para consumo de pago, en 34,18%, que va del 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020.

TEMAS


Superintendencia Financiera - Intereses moratorios