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Superfinanciera ordena alivios para deudores afectados por la situación de desastre

Las entidades vigiladas podrán refinanciar créditos, otorgar períodos de gracia y suspender intereses, además de flexibilizar los reportes negativos

Maria Fernanda Galofre Quintana

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La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 007 del 26 de agosto de 2026, con instrucciones dirigidas a las entidades vigiladas para mitigar los efectos de la situación de desastre sobre los consumidores financieros afectados.

Entre las medidas se contempla la refinanciación de créditos vigentes, con posibilidad de ampliar los plazos y modificar las condiciones de pago, siempre que los nuevos términos no resulten más gravosos para los deudores.

Otro de los alivios previstos es la posibilidad de otorgar nuevos créditos en condiciones especiales a personas y empresas afectadas, teniendo en cuenta su capacidad real o potencial de recuperación económica.

La Superfinanciera también estableció medidas frente al historial crediticio de los afectados. Para los créditos refinanciados bajo estas condiciones, las entidades podrán mantener temporalmente la calificación crediticia y suspender los reportes negativos hasta por 12 meses. Estos créditos, además, no serán tratados prudencialmente como modificados o reestructurados.

La evaluación de la capacidad de pago también podrá flexibilizarse, permitiendo considerar información alternativa, ingresos futuros y las perspectivas de recuperación económica de los afectados.

En materia de seguros, las entidades deberán facilitar el pago de primas y agilizar la atención de reclamaciones mediante procedimientos y canales especiales, además de realizar una tasación expedida de los siniestros.

La circular también contempla flexibilizar los canales de atención, incluyendo el uso de alternativas o terceros, y fortalecer los canales digitales para garantizar que los consumidores mantengan el acceso a los servicios financieros durante la situación de desastre.

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