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Todo lo que debe saber si está interesado en constituir una cooperativa

Colprensa

Para crear un organismo de estos, se necesitan mínimo 20 personas que lo integren, quienes deberán tomar un curso básico sobre economía solidaria

Heidy Monterrosa Blanco

El modelo del cooperativismo se ha convertido en una solución para satisfacer necesidades económicas, sociales y culturales comunes. Se estima que en Colombia hay cerca de 3.400 cooperativas, de las que 181 son de ahorro y crédito, cinco son financieras, dos son bancos cooperativos y una es de financiamiento.

A pesar de que estos organismos son vigilados por la Supersolidaria o por la Superfinanciera, no se conoce el número exacto de cooperativas, porque el Estado ha tenido dificultad para hacerles seguimiento, ya que algunas aparecen inscritas pero no reportan información.

Pero, si está interesado en constituir una cooperativa, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias divide el proceso en cinco etapas.

La primera de estas la componen los requisitos, que consisten en contar con un mínimo de 20 personas, nombrar un comité organizador, elaborar los estatutos y determinar el tipo de cooperativa a construir.

“Para tener claridad sobre qué tipo de cooperativa quieren construir, es necesario que todos los socios tomen un curso básico de cooperativismo. Allí van a aprender y socializar todo lo que tiene que ver con el funcionamiento de una cooperativa, su estructura organizacional, su régimen económico, su tema disciplinario y sus estamentos internos”, dijo Francy Hurtado, directora jurídica de la Asociación Colombiana de Cooperativas (Ascoop).

La segunda fase es el procedimiento, en el que se convoca la asamblea de constitución, se nombra a su presidente y secretario, y en ella se elige al Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia, el revisor Fiscal y los Comités. También se define el nombre de la cooperativa, los aportes sociales y se aprueban los estatutos.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Acero SánchezPresidente de Confecoop

    “Se tiene la visión de que las cooperativas son solo para prestar plata o sacar electrodomésticos, pero tienen potencial para todo tipo de actividades sociales y económicas”.

  • Enrique Valderrama Presidente ejecutivo de Fecolfin

    “La diferencia entre las de crédito y ahorro y las financieras es que las segundas pueden hacer operaciones con terceros no asociados, mientras que las primeras no”.

El Consejo de Administración nombra al representante legal o gerente, y se elabora el acta de constitución.

La tercera fase es el registro ante la cámara de comercio, para el que se necesitan las actas de la asamblea de constitución, aportes y aceptación de cargos suscrito por el presidente, el secretario y todos los que conforman la cooperativa.

Se pide copia de los estatutos firmados, el formulario del registro único empresarial de la cámara de comercio, el formulario adicional de registro con otras entidades y el formulario pre-RUT.

La cuarta etapa es el control de legalidad, que tramitan las cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales ante la Supersolidaria. Las otras cooperativas lo tramitan de acuerdo a su especialidad por actividad económica frente a la superintendencia respectiva.

El último paso es la solicitud ante la Dian, en la que el representante legal debe solicitar el registro único tributario RUT, al igual que la autorización de facturación. Para este trámite se debe llevar el certificado de existencia y la representación legal expedida por la cámara de comercio.

Enrique Valderrama, presidente ejecutivo de Fecolfin, destacó que para crear un cooperativa de ahorro y crédito se requieren aportes sociales por cerca de $1.500 millones y un estudio de factibilidad que es revisado por la Supersolidaria.

Los tipos de establecimientos que se pueden conformar en Colombia
Un tipo de cooperativa es la especializada, que se organiza para atender una necesidad específica en una sola rama de actividad. También están las multiactivas, que se crean para atender varias necesidades mediante una sola entidad jurídica. Otras son las integrales, que realizan dos o más actividades conexas y complementarias entre sí. Las de trabajo asociado son empresas asociativas sin ánimo de lucro que vinculan personas naturales que son gestoras, contribuyen con dinero y son aportantes directos de su capacidad de trabajo. Las precooperativas son empresas asociativas sin ánimo de lucro de duración limitada que buscan evolucionar a cooperativas.

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