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Consejo niega amparo que buscaba dejar sin efecto la preponderancia de Televisa

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El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones no validó el argumentó de Televisa, que aseguraba que la autoridad responsable no le notificó de forma independiente el inicio de dicho proceso.

Dicho juzgado explicó que:

“Se determinó negar la protección de la justicia federal, en razón de que los conceptos de violación no combatían los motivos y fundamentos torales expresados por la responsable al emitir el acto reclamado, esencialmente en cuanto a que no había lugar a notificarle de manera independiente de Grupo Televisa, S.A.B., el inicio del procedimiento administrativo correspondiente a la ‘Determinación de la existencia de agente económico preponderante en el sector de radiodifusión y la imposición de las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia’, pues al formar parte de dicho grupo, el emplazamiento como parte del mismo era suficiente”.

Televisa aseguraba que la declaratoria como agente preponderante violaba su derecho fundamental de audiencia consagrado por el artículo 14 constitucional.

A través del comunicado, el CJF recordó que el 11 de junio del 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones en materia de telecomunicaciones.

"En su artículo Octavo Transitorio, fracción III, dicho decreto dispone que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debería determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, e imponer las medidas necesarias para evitar que se afectara la competencia y libre concurrencia y, con ello, a los usuarios finales"

El 6 de marzo del 2014, Grupo Televisa fue informado que debía opner su infraestructura de radiodifusión a disposición de terceros en forma no discriminatoria y no podrá adquirir en exclusiva derechos de transmisión para cualquier lugar dentro de México con respecto a cierto contenido relevante a ser determinado por el IFT como agente económico preponderante.

En su momento, Televisa calificó como “medidas restrictivas” las resoluciones del IFT, en materia de preponderancia, must carry y must offer, y la publicación de la convocatoria de la licitación de frecuencias para televisión abierta.