Hacienda

España entró a la lista de países que piden a contribuyentes declarar criptomonedas

RIPE:

Así figura en el borrador del desarrollo reglamentario de la ley antifraude aprobada el pasado julio y que el Gobierno somete estos días a audiencia pública

Expansión - Madrid

Hacienda se ha decidido finalmente a impulsar un marco de fiscalización específico para las monedas virtuales.

Se ultima ya el reglamento que desarrolla la creación de nuevas declaraciones informativas ad hoc por las que los contribuyentes que poseen criptomonedas, y las empresas que les presten servicio de compraventa, permuta o almacenamiento de las mismas, comiencen a remitir sus datos referentes al ejercicio 2022 a la Agencia Tributaria a partir del próximo primero de enero.

Así figura en el borrador del desarrollo reglamentario de la ley antifraude aprobada el pasado julio y que el Gobierno somete estos días a audiencia pública, abierto a recibir alegaciones y propuestas hasta el 8 de julio, como paso previo a su aprobación como real decreto y a la emisión de la orden ministerial que pondrá definitivamente en marcha estas nuevas declaraciones.

La redacción actual del reglamento establece que las personas y entidades residentes en España, así como los establecimientos permanentes en territorio español de residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales -bien como servicio principal o accesorio a otros- quedarán obligadas a presentar una nueva declaración informativa anual detallando la totalidad de monedas virtuales gestionadas con dichas contraseñas.

A partir de 2023, la Agencia Tributaria deberá recibir el modelo oficial que se apruebe desglosando el nombre y apellidos, razón social o denominación y número de identificación fiscal de toda persona o empresa que durante el año anterior haya manejado estas claves, como titular, autorizado o beneficiario de las criptomonedas junto al saldo de las mismas a 31 de diciembre. En este campo, se deberá especificar además la cuantía de cada tipo de moneda, su valoración en euros a 31 de diciembre, el saldo al que ascendía a inicios del ejercicio y el número total de unidades recibidas y traspasadas durante el año.

La valoración en euros se realizará tomando la media de las principales plataformas de negociación a 31 de diciembre, o métodos de valoración razonables análogos, revelando la naturaleza de los mismos. También se informará de la moneda fiduciaria que se gestione para terceros de otras divisas y su valoración en euros. Las personas y empresas tendrán así mayor regulación del reporte.

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