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España no podría prohibir la OPA de Bbva si la aprueba la Comisión de los Mercados

Gobierno español
RIPE:

El Banco de España debe elevar un informe al Banco Central Europeo (BCE) para que este analice si, desde el punto de vista de la solvencia, la operación es aprobada

Expansión - Madrid

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha señalado desde que se conoció la noticia de que Bbva quiere absorber a Banco Sabadell que el Gobierno es el que tiene la última palabra, no sobre la oferta de compra de acciones, sino sobre la operación de fusión de ambas entidades. Y esto es así... salvo en un supuesto muy improbable de producirse: si la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (Cnmc) aprobara sin condiciones la operación de concentración, el Ejecutivo no tendría nada que decir.

Los trámites burocrático-administrativos para que la operación pueda ponerse en marcha y llegar a producirse son largos y complejos. Bbva estima entre seis y ocho meses su duración, aunque otras fuentes señalan que puede prolongarse durante más tiempo.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (Cnmv) debe admitir el registro del folleto de la oferta tras presentarlo a dicho registro Bbva el viernes pasado. Es la Cnmv la que marca los plazos de su registro formal y para ello debe estudiarlo y aclarar las dudas que puedan surgir.

En paralelo, el Banco de España debe elevar un informe al Banco Central Europeo (BCE) para que este analice si, desde el punto de vista de la solvencia, la operación es aprobada. El BCE suele tomarse varios meses para acabar tomando una decisión y, mientras, la CNMV no puede aprobar el folleto y que, de esta forma, empiece el periodo de aceptación o rechazo.

Nuevo expediente

También al mismo tiempo, Bbva debe remitir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia un expediente explicando las condiciones de la operación de concentración que quiere llevar a cabo. El análisis de esta documentación también puede durar varios meses, porque cada vez que la CNMC pida explicaciones o nueva documentación empieza a correr de nuevo el plazo para que emita su dictamen definitivo. Mientras que una vez registrado el folleto de la operación BBVA no puede echarse atrás en la oferta (podría mejorarla bajo determinados supuestos), sí considera que las condiciones que pueda imponerle la CNMC son excesivas y que la operación pierde sentido económico o industrial, sí puede renunciar a llevarla a cabo y, por lo tanto, que decaiga la misma.

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