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Esposa del presidente Pedro Sánchez enfrentará juicio por corrupción con medidas cautelares

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La decisión del juez Peinado constata la persecución, la obsesión y la desproporción de este magistrado, según han informado fuentes del Palacio de la Moncloa.

Expansión - Madrid

El juez Juan Carlos Peinado ha enviado a juicio a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y ha fijado como medidas cautelares la retirada del pasaporte, le prohíbe salir del territorio nacional y estipula una comparecencia quincenal en el juzgado.

El magistrado ha tomado esta decisión en un auto difundido este sábado, tras la audiencia preliminar celebrada el pasado lunes en la que las acusaciones populares solicitaron medidas cautelares por riesgo de fuga.

En concreto, Peinado envía a juicio a Gómez por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares, apropiación indebida y malversación de caudales públicos y a su asesora Cristina Álvarez por los mismos delitos, según detalla la agencia Efe.

Además, también envía a juicio al empresario Juan Carlos Barrabés por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares.

La decisión de Peinado sobre Gómez se ha hecho esperar más de lo previsto, ya que la ley estipula un plazo de tres días desde la vista del pasado lunes.

Además, Peinado abrió ayer una pieza separada dentro de la causa contra Gómez por los presuntos delitos de prevaricación y fraude a los intereses de la Unión Europea con relación a Barrabés.

En el auto, de 84 páginas, Peinado adopta la petición de las acusaciones populares que encabeza Hazte Oír, y por lo tanto desoye el criterio de Fiscalía, que se oponía a las medidas cautelares, así como el de las defensas, que sostenían -igual que el Ministerio Público- que no hay motivos para continuar con una causa que siempre han rebatido, y así se lo trasladaron el lunes.

A la hora de justificar la adopción de las medidas cautelares contra Gómez, Peinado sostiene que, tras las diligencias practicadas se deduce la existencia de "indicios racionales de criminalidad de un hecho delictivo".

Y añade que, "a mayor gravedad de la pena, más intensa puede ser la tentación de la huida y mayor el perjuicio que, en caso de materializarse la fuga, sufriría la finalidad de preservar la acción de la justicia".

Peinado fundamenta su decisión de enviar a juicio a Gómez en que ésta se aprovechó de su condición de esposa del presidente del Gobierno en beneficio propio.

En el escrito, argumenta, como ya hizo en autos anteriores para apuntalar su decisión de enviarla a juicio: "No podrá hallarse un supuesto de similares características, pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado", antes de mencionar al "reinado de Fernando VII".

La decisión del juez Peinado constata la persecución, la obsesión y la desproporción de este magistrado, según han informado fuentes del Palacio de la Moncloa.

Las fuentes han asegurado que la instrucción del juez Peinado carece de todo sentido jurídico y sólo atiende a motivos políticos. Además, desde el Palacio de la Moncloa resaltan también las palabras del juez Peinado en su auto referidas a los agentes de los Cuerpos de Seguridad del Estado que acompañan y escoltan a Begoña Gómez.

Peinado dice en su auto que "lo que no cabe duda es que esos agentes en un momento determinado pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, sean precisamente, quienes colaboren en la acción o acciones que se llevan a cabo, para facilitar esa fuga, que haga imposible, que la acusada se encuentre a disposición de la justicia".

Según fuentes de Moncloa, estas palabras del juez Peinado acusando a la Policía Nacional y diciendo que los agentes podrían colaborar en una supuesta fuga son "otro ejemplo del despropósito" en el que ha caído este magistrado.

Por último, las fuentes del Gobierno han recordado que el juez Calama, que instruye la causa de Plus Ultra, consideró injustificado e innecesario imponer al expresidente José Luis Rodríguez Zapatero medidas restrictivas como la retirada del pasaporte o comparecencias en el juzgado por tratarse de una persona "de pública notoriedad".

Calama descartó medidas cautelares contra Rodríguez Zapatero porque "su adopción supondría una restricción injustificada del derecho a la libertad personal y a la libre circulación, incompatible con el principio de proporcionalidad".

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