Turismo

Estados Unidos prohibió la entrada a ese país del CEO de Meliá Hotels, Gabriel Escarrer

Esto es como consecuencia de la presencia de la cadena en Cuba y la reactivación del artículo III de la Ley Helms-Burton

Expansión - Madrid

Estados Unidos prohíbe la entrada en el país a Gabriel Escarrer, vicepresidente y consejero delegado de Meliá, como consecuencia de la presencia de la cadena en Cuba y la reactivación del artículo III de la Ley Helms-Burton el pasado mayo.

La cadena española, con 38 hoteles en la isla, es una de las afectadas por esta normativa que determinaba que un ciudadano estadounidense que hubiera sido expropiado de activos en el proceso revolucionario cubano de finales de los 50 podría ejercer ante los tribunales de su país acciones frente a las personas físicas o jurídicas que operan o desarrollan actividades comerciales con tales activos

Escarrer recibió hace unos meses una carta del departamento de Estado de los Estados Unidos en la que le comunicaban que en caso de no aceptar una serie de condiciones relacionadas con la actividad en Cuba de empresas filiales en un plazo de 45 días se le prohibiría el acceso a los Estados Unidos de América, comunicó Meliá en una nota confirmando la información adelantada esta mañana por Vozpópuli.

"La Administración Estadounidense vinculaba esta notificación a la actividad que determinadas empresas filiales mantienen con entidades públicas cubanas para la gestión de dos hoteles situados en la región de Holguín, que estarían ubicados, a su entender, en una parcela de una propiedad expropiada a la familia Sanchez Hill a finales de los años 50 del siglo pasado", apunta la compañía.

Meliá -asesorada por Garrigues y las firmas internacionales Reed Smith y Arent Fox- fue apartada de la causa judicial que tenía abierta a petición de la demandante, que prefirió concentrar temporalmente sus esfuerzos en las empresas estadounidenses demandadas.

Esta decisión se sumó al espaldarazo que Meliá recibió en septiembre cuando el juzgado de primera instancia de Palma ordenó archivar la demanda planteada por la familia Sánchez-Hill contra el grupo al entender que un tribunal español no es competente para valorar si la nacionalización acordada por el Estado cubano en 1960 fue o no lícita.

Condiciones no asumibles
Desde Meliá reiteran que las condiciones impuestas por el departamento de Estado norteamericano no resultaban "asumibles" por la compañía, además de su cumplimiento ser contrario a la normativa europea (conocida como Estatuto de Bloqueo) que considera que la Ley Helms Burton infringe los más elementales principios de derecho internacional.

Por eso, la cadena asegura que se ha puesto "en manos" de las instituciones nacionales españolas y, especialmente, de las autoridades comunitarias, la resolución de esta cuestión, confiando que su dedicación, diligencia y estrecha colaboración acabarán dando una satisfactoria solución a esta situación.

"Reiteramos nuestro respeto y confianza en la implicación e impulso hacia una solución positiva por parte de las autoridades españolas y comunitarias, así como en los Tribunales, insistiendo una vez más en la lealtad, legalidad y responsabilidad con las que nuestras filiales han desempeñado siempre su gestión empresarial en Cuba, y esperamos que la presente controversia producida por la activación de los títulos III y IV de la Ley Helms Burton sea resuelta de manera favorable a los intereses de nuestro grupo", advierten desde el grupo español.

Actualmente hay una veintena de demandas en curso contra compañías con inversiones en la isla. Ninguna de ellas contra una hotelera española.

Las empresas turísticas con intereses en la isla llevan meses trabajando en su defensa jurídica ante posibles reclamaciones tras la activación de la norma y ponen en marcha una hoja de ruta para su defensa.

Además de las cadenas españolas, empresas de reservas, aerolíneas y entidades financieras están entre los damnificados por la norma. Hay una demanda interpuesta por los antiguos dueños de Banco Núñez contra varios bancos, en la que aparece BBVA como única entidad española. Sin embargo, ninguna empresa española ha sido notificada formalmente de estas demandas, ya que la parte demandante tiene que seguir un procedimiento que en ningún caso ha podido completar.

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