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Plan de reforma minera en México prevé penas de hasta 15 años de prisión y multas

Minas. Foto: Economista.
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La iniciativa también plantea la realización de un estudio de impacto social para determinar las afectaciones que podría tener la minería

El Economista - Ciudad de México

La iniciativa también propone castigar la entrega de documentación falsa para conservar concesiones mineras; también se contemplan multas de hasta 5% de los ingresos anuales de las empresas que llegasen a cometer ilícitos.

La reforma minera propuesta por el Ejecutivo federal establece penas que pueden llegar hasta los 15 años de prisión, más multas equivalentes a 5% sobre los ingresos anuales y un monto adicional de US$57.304. Presentada a finales de marzo, la iniciativa plantea reducir de 50 a 15 años el periodo de una concesión minera, renovable por otro periodo similar, y basar la adjudicación de concesiones en licitaciones públicas.

“Se sancionará con pena de cinco a 15 años de prisión y multa de 5% del total de sus ingresos más 12.000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), al que traslade fuera del territorio nacional minerales, sustancias o derivados metalúrgicos sin los permisos correspondientes”, propone la reforma.

La UMA es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. Aparte, considerando el valor actual de la UMA, las penas propuestas para los delitos en minería podrían oscilar entre 5 y 10 años de prisión, más multas equivalentes a 5% sobre los ingresos anuales y un monto adicional de US$57.304.

Al respecto la propuesta dice: “Se sancionará con pena de cinco a 10 años de prisión y multa de 5% del total de sus ingresos anuales más 10.000 veces el valor diario de la UMA, con independencia de las sanciones administrativas que procedan, a quien extraiga minerales o sustancias sujetas a la aplicación de esta Ley sin ser titular de la concesión minera, o enajene o trafique de cualquier manera minerales y derivados metalúrgicos sin contar con la concesión correspondiente.

La misma sanción se aplicará a quien, para obtener o conservar la concesión minera, exhiba documentación falsa; o menoscabe la seguridad física de sus trabajadores; al omitir el cumplimiento de lo estipulado en esta Ley, su Reglamento o la normatividad aplicable en materia de seguridad de minas. Por último, las multas para los infractores pueden oscilar entre 1% de los ingresos anuales más US$28.652 y hasta 4% de los ingresos anuales más US$57.304.

También podrán imponerse sanciones penales en materia minera cuando: el mineral se extrae, dispone y/o trafica cuando no se otorga ninguna concesión minera; se presente documentación falsa en solicitudes de concesión minera, y cuando la seguridad de los empleados se vea mermada por el incumplimiento de la normativa pertinente.

Por otro lado, la iniciativa planeta la realización de un estudio de impacto social que deben presentar las personas ganadoras de un concurso de licitación para determinar las probables afectaciones que podría tener la actividad minera en la vida cotidiana de las personas y establecer medidas de prevención, mitigación y compensación reales, garantizadas eficazmente por una carta de crédito.

Además, se precisan y adicionan como causales de cancelación de las concesiones mineras la falta de informe sobre posibles daños o riesgos al equilibrio ecológico, no contar con permisos, concesiones o autorizaciones de otras autoridades, ni con los programas de cierre o de gestión de residuos.

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