Hacienda

UE alberga 24 territorios considerados paraísos fiscales por jurisdicción no cooperativa

RIPE:

Gobiernos de la zona euro y América del Norte lanzaron la alerta sobre los territorios que detrás tendrían alto flujo de activos para evadir los impuestos

Expansión - Madrid

Esta nueva lista se ha elaborado en función del nuevo concepto internacional de jurisdicción no cooperativa contemplado en la Ley de lucha contra el fraude de España.

Pero no es solo la base de la investigación de las autoridades europeas, es también la preocupación de los gobiernos de los países potencia que ya sienten cada vez más el déficit que deja la no declaración de las grandes fortunas escondidas en islas del Caribe, Asia o incluso playas cercanas al continente africano.

En total, ahora son 24 territorios los considerados como paraísos fiscales, según recoge la orden publicada a Cooperación Financiera Internacional en el Boletín Oficial del Estado (BOE): Anguila, Baréin, Barbados, Bermudas, Dominica, Fiji, Gibraltar, Guam, Guernsey, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Marianas, Islas Salomón, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de Estados Unidos de América, Jersey, Palaos, Samoa, por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (’offshore business’), Samoa Americana, Seychelles, Trinidad y Tobago y Vanuatu.

Hacienda de la Comisión Europea asegura que esta lista se revisará a la vista de las actualizaciones internacionales y de los desarrollos y avances nacionales y que su publicación debe actuar como “un incentivo para conseguir el intercambio de información fiscal con países y territorios con los que antes resultaba más complicado”.

Además, el ministerio en España, dirigido por María Jesús Montero explica en un comunicado que con la finalidad de combatir más eficientemente el fraude fiscal, la citada Ley amplió el concepto de ‘paraíso fiscal’, adecuándolo al concepto internacional de jurisdicción no cooperativa, y fijó nuevos factores a tener en cuenta.

Esto implica una actualización de los criterios para la determinación de los países y territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, en línea con los trabajos desarrollados en el ámbito internacional, tanto en el marco de la Unión Europea como en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde).

La equidad fiscal
Así, la Ley exige que se atienda a criterios no sólo de transparencia, sino también de equidad fiscal, identificando aquellos países y territorios caracterizados por facilitar la existencia de sociedades extraterritoriales dirigidas a la atracción de beneficios sin actividad económica real o por la existencia de baja o nula tributación, o bien por su opacidad y falta de transparencia, por la inexistencia con dicho país de normativa en materia de intercambio de información tributaria, por la ausencia de un efectivo intercambio de información con España o por los resultados de las evaluaciones realizadas por el Foro Global sobre la efectividad de los intercambios de información con dichos países y territorios.

LOS CONTRASTES

  • Luis Carlos ReyesDirector de la Dian

    “Hemos querido acceder a nuevos acuerdos de información financiera, pero debe haber un acompañamiento más sólido entre las economías más fuertes”

Estos criterios, valorados de manera conjunta, son los que permiten actualizar la vigente lista de países y territorios, contemplada en los decretos comunes de la Unión Europea. En esa lista publicada hace más de 30 años aparecían inicialmente 48 territorios, aunque a lo largo de los años se ha ido reduciendo a medida que se han firmado acuerdos específicos de intercambio de información o convenios para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información.

Algunos han sugerido que existan sanciones comerciales sobre ciertas islas que aparecen en investigaciones como paraíso fiscal. Sin embargo, la presencia de fuertes bancos de América y Europa es otra muestra de las millonarias sumas que empapan a compañías y al mismo sistema financiero en sí.

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