Infraestructura

Bicicletas eléctricas y con motor ya no podrán circular por ciclorutas ni vías peatonales

Colprensa

Diego Carranza Agudelo

De acuerdo con el comunicado de la entidad, todo tipo de vehículos automotores particulares de “tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclos, de combustión interna, eléctricos y/o de cualquier otro tipo de generación de energía”, deberán ser registrados ante el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), una vez entren al país o sean fabricados al interior, posterior a la resolución.

Lo anterior implicaría que dichos medios de transporte no podrían transitar por las vías nacionales si no cuentan con una licencia de tránsito, un Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y un certificado de revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminates.

Así mismo, los conductores de estos vehículos deberán contar con una licencia de conducción de categoría A1 (las mismas que son otorgadas para conducir motocicletas de cilindraje menor a 125) y no podrán circular por encima de ningún paso peatonal o de un área destinada para las bicicletas, como las ciclovías y las ciclorutas.

El Runt y los Centros de Diagnóstico Automotor tendrán un plazo de seis meses, contando desde la fecha, para actualizar toda la información y el registro de dichos vehículos en sus bases de datos.