Infraestructura

¿Qué deja el debate de la reserva Van der Hammen?

María Carolina Romero Pereira

En el año 2000, el entonces Ministerio del Medio Ambiente conformó un riguroso panel de expertos que emitió su declaratoria a favor de la conservación de la zona, con lo que fue constituida legalmente como la reserva natural Van der Hammen. Resultaría inoficioso cuestionar la validez de los argumentos científicos que defienden la protección de la reserva natural, teniendo en cuenta que estos se soportan en la experticia de un panel de científicos conocedores a ultranza de la sabana de Bogotá y en más de 50 estudios sobre esta reserva.

Lejos de querer entrar en el debate sobre el valor ecológico que esta área tiene para la ciudad, es necesario reconocer que la posición ambientalista no puede concluir con la interposición de restricciones para el desarrollo poblacional en aras de proteger el medio ambiente. 

Es de recordar que el propósito ambiental del Estado se rige por los principios del desarrollo sostenible y así lo definen los principios orientadores de nuestra Política Ambiental -Ley 99 de 1993- y lo reitera el hoy  día denominado sector de “Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Es así como el propósito debe estar dirigido a garantizar el desarrollo económico y poblacional, procurando a su vez la preservación del entorno natural. 

Un debate racional debe asegurar la compatibilidad de sus propósitos frente al desarrollo sostenible, e incluir una visión consistente y consecuente para la protección del medio ambiente. Como bien lo mencionó el director de la CAR, Dr. Néstor Franco, en el conversatorio “el futuro de la reserva Van der Hammen” han pasado 16 años en los que no se han materializado en su mayoría las acciones, programas y proyectos que según la declaración del panel de expertos serían necesarios para asegurar la protección y los beneficios ambientales de la reserva. 

Más allá de las intenciones de urbanización o de protección de la reserva Van der Hammen, el respaldo jurídico que le otorga su constitución como una reserva natural difícilmente podrá ser permeado y su modificación requerirá de un robusto soporte técnico y jurídico. A su vez, el retroceso de una zona de protección ambiental legalmente constituida podría marcar una pauta negativa en las decisiones sobre el ordenamiento ambiental del país.

Lo cierto es que la ciudad de Bogotá alberga casi 20% de la población del país y seguirá recibiendo cada año cientos de miles de personas en busca de oportunidades que actualmente solo se vislumbran en esta gran metrópolis. De conservar sus patrones de crecimiento, para 2020 Bogotá será oficialmente una mega ciudad. Teniendo en cuenta que actualmente ocupa uno de los más altos lugares a nivel mundial en materia de densidad, habría que cuestionar de manera objetiva el nivel de vida que Bogotá podría ofrecer si se continúa favoreciendo su densificación.

Actualmente 75% de la población colombiana habita en zonas urbanas, mientras que el promedio a nivel mundial es de 50%. Los instrumentos de ordenamiento y desarrollo territorial actuales sugieren la preparación de las grandes ciudades para que en menos de 10 años alberguen 80% de la población. 

Es así como el debate asociado a las dificultades que enfrenta esta gran ciudad para expandirse envía un claro mensaje al gobierno nacional, quien tendrá que formular los mecanismos necesarios para incentivar el retorno de las poblaciones a zonas rurales, así como la convergencia hacia otros centros nucleados. Solo así se podrá mitigar el crecimiento desmesurado de ciudades que se han desarrollado de forma desordenada y que cada vez abordan retos más difíciles en aras de ofrecer un nivel de vida aceptable, con esquemas urbanísticos sostenibles y con preservación del entorno.