Analistas

Amnistías e indultos del Fiscal General

Al concluir la pavorosa Segunda Guerra Mundial, consideró la comunidad internacional  necesario firmar un tratado con cobertura global, para que no quedaran impunes los crímenes atroces contra la humanidad.  Este tratado se conoce como Estatuto de Roma, 60 países lo firmaron en 1998, Colombia adhirió en 2002. 

Se le otorga en él competencia a la Corte Penal Internacional –CPI- para juzgar y condenar los delitos de lesa humanidad, definidos estos como los “ataques generalizados y sistematizados contra la población civil”  y los actos de guerra, cuando no los penaliza la justicia doméstica por imposibilidad material o real.
Los desaciertos del fiscal general de la Nación, señor Luis Eduardo Montealegre Lynett, comenzaron tras su apoyo irrestricto a la Ley del Marco Jurídico para la Paz, severamente censurada por la CPI, Human Rights Watch, la ONU, la DEA, la Cruz Roja, la Procuraduría… porque existe en ella la posibilidad clara de suspender la ejecución total de las penas o de la extradición solicitada para los máximos responsables de las Farc, tras una parodia de juicio. 
Afirmó luego el Fiscal que como todavía no existen en Colombia condenas proferidas contra las Farc por sus delitos de lesa humanidad, tales delitos no existen y, en consecuencia, no pueden ser sancionados.  Que no existan tales juicios por incompetencia de nuestra justicia o porque que la ley penal colombiana no los ha juzgado, definido o considerado como de lesa humanidad, no implica que en forma “generalizada y sistemática” no hubiera cometido las Farc todos y cada uno de los delitos que el Estatuto de Roma considera dentro de su ámbito.  
A continuación sostuvo el señor Montealegre que a los cabecillas de las Farc se les podía conceder el Principio de Oportunidad y penas alternativas. Este Principio es el mecanismo para terminar la actuación penal con la colaboración de los implicados en las investigaciones, con el fin de desarticular las bandas criminales y procesar a sus cabecillas. Ingenuo esperar que los máximos responsables colaboren o retiren las minas antipersona en forma efectiva. ¿Otras nuevas parodias? La opinión generalizada parece aceptar los mecanismos para no encarcelar a los guerrilleritos rasos, pero no así a los máximos responsables.  
En debate público organizado en la Universidad Externado de Colombia entre el fiscal Montealegre y el procurador general, señor Alejandro Ordóñez Maldonado, sostuvo Montealegre que la paz era un derecho tan fundamental, tan prioritario,  que justificaba plenamente la justicia transicional contenida en la Ley Marco aludida. Que las ideas al respecto del Procurador estaban atrasadas doscientos años, en tanto que las de él eran las de avanzada. ¿En qué país ha vivido Montealegre desde 1998? 
Fundamental, más prioritario que aplicar la justicia transicional es conocer previamente el texto del acuerdo de paz con el cual se espera justificar este tipo de justicia excepcional, tropical,  y sobre los acuerdos internacionales. Insisto, la paz es un resultado, no un anhelo.  El señor Procurador está actualizado, el rezagado 200 años es el señor Montealegre, sus sesgos políticos lo tienen en su “nivel de incompetencia”.