Editorial

Cerromatoso tiene otra oportunidad

Billiton tiene un segundo tiempo para demostrar que puede impactar mejor a la zona en donde explota níquel

Billiton tiene un segundo tiempo para demostrar que puede impactar mejor a la zona en donde explota níquel

Gracias a las explotaciones de níquel en la mina de Cerro Matoso, ubicada en el municipio de Montelíbano en el departamento de Córdoba, Colombia se cuenta entre los mayores exportadores de ese mineral que se usa en miles de componentes en la industria moderna. Que nuestro país esté en esos honrosos lugares de ventas al mundo, es en sí mismo, un logro notable, pero que la economía nacional y los habitantes afectados con esa explotación se beneficien es una obligación de la multinacional responsable y un imperativo de vigilancia para el Gobierno.

Según el Consejo de Estado, el Contrato 051 de 1996 es legal y la multinacional Billiton seguirá con la explotación de la mina de níquel hasta 2029. Las leyes nacionales le han dado la razón a la compañía extranjera, pero eso no quiere decir que las condiciones deban renegociarse para que no solo los habitantes de Montelíbano se sigan beneficiando, sino el resto de colombianos que son los sujetos de las millonarias regalías. La justicia le ha dado a Cerromatoso una segunda oportunidad de hacer las cosas mejor a como las ha venido haciendo. Debe liquidar mejor las regalías, debe manejar con mayor eficacia sus programas de responsabilidad social y sobre todo, deben trabajar con mayor transparencia ante las autoridades minero energéticas.

En pocos años varios proyectos de minas se les declarará la caducidad y esta decisión del Consejo de Estado generará jurisprudencia en esas situaciones, pero en ninguna parte del fallo se ha hablado de que la multinacional debe rehacer las formas como hace las cosas de cara a las comunidades. Las veedurías públicas, los congresistas y las mismas comunidades deben convertirse en los mejores controladores para que esto se cumpla.

El concepto del Consejo dice en sus apartes que “puesto que “las cláusulas del contrato 051-96M no sufrieron alteración alguna en su momento (…) como consecuencia de la expedición de la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), ni han sido objeto de expresa modificación mediante acuerdo escrito de las partes, los contratantes continúan vinculados a las obligaciones que adquirieron en el contrato 051-96M y conservan a salvo los correlativos derechos”. Eso en ley es mantener su derecho de explotación, pero es de su deber empezar a negociar con el Ministerio de Minas nuevas condiciones, mucho más benéficas para todos los colombianos.

Ojalá, tanto los inversionistas como las autoridades locales generen un ambiente económico del cual se beneficien principalmente las comunidades y el resto de los colombianos. La Colombia de hoy es otra y la buena redistribución de las regalías es una de sus características. Sin olvidar, eso sí, la protección del medio ambiente.