Editorial

Descentralizar como fórmula para avanzar

La descentralización fue una de las mejores herencias de la constitución de 1991, pero poco a poco el gobierno central extiende sus poderes a las regiones, hasta en los POT

Editorial

El pasado 14 de septiembre el Ministerio de Vivienda expidió el decreto 1232 mediante al cual se adicionan y modifican algunos artículos que del reglamento único del sector vivienda, ciudad y territorio, en lo relacionado con la planeación del ordenamiento territorial. La cartera argumenta que se expidió dicho norma para precisar las etapas de actualización del Planes de Ordenamiento Territorial y el contenido de los mismas.

En palabra del Ministro “facilita el proceso de concertación ambiental”, pero los críticos ven que es una ventana abierta a los intereses de particulares en el destino de las mismas comunidades. Preocupa que el decreto “armoniza” los usos del suelo en los POT y los vincula a proyectos o actividades de utilidad pública y de interés social, tal como puede ser una mina a cielo abierto o un cementerio de desechos tóxicos, todo depende cómo los concejales y las fuerzas vivas de los municipios lo justifiquen.

Dice el 1232 que “el requisito previo para los proyectos, obras o actividades de utilidad pública. Los proyectos, obras o actividades consideradas por el legislador de utilidad pública e interés social cuya ejecución corresponda a la Nación, podrán ser adelantados por esta en todo el territorio nacional, de manera directa o indirecta a través de cualquier modalidad contractual, previa la expedición de la respectiva licencia o del correspondiente instrumento administrativo de manejo y control ambiental por parte de la autoridad ambiental correspondiente, si a ello hubiere lugar (...) Oponibilidad de los planes de ordenamiento territorial.

Los planes, planes básicos o esquemas de ordenamiento territorial de los municipios y distritos en ningún caso serán oponibles a la ejecución de proyectos, obras o actividades a los que se refiere la presente subsección (...) Información de los proyectos, obras o actividades de utilidad pública. La decisión sobre la ejecución de los proyectos, obras o actividades a que se refiere la presente subsección, deberán ser informados por la autoridad correspondiente al municipio o distrito en cuya jurisdicción se pretenda realizar”. En pocas palabras se acaba la descentralización en lo que tiene que ver con los POT, un duro golpe al camino real a la solución de muchos problemas como es la regionalización de responsabilidades.

Hay un mantra que debe hacer escuela en la Colombia del futuro y es que descentralizar es el camino para hacer unos municipios y regiones más eficientes. El gobierno central no puede imponer los proyectos desde Bogotá, son los núcleos de desarrollo regional los responsables de su futuro y de la solución de los problemas.

¿Quién responderá -si el 1232 sigue campante- de los errores estratégicos de grandes proyectos en las regiones? El país político y social debe caminar hacia el perfeccionamiento de alcaldes y gobernadores con nuevos roles y funcionales, pero sobre todo empoderados de los problemas.

No se puede seguir permitiendo que los funcionarios de orden central sean quienes solucionen los problemas mínimos de las regiones; los mandatarios locales tienen el grueso de la responsabilidad del desarrollo de sus municipios; no pueden seguir culpando de su atraso a los ministros o al presidente de turno, ni mucho menos seguir peregrinando a Bogotá a negociar su POT pues ahora será dictado desde el centro, sepultando la descentralización.

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