Editorial

‘Gota a gota’, ¿quién responde?

Más allá de la usura, campea un delito que desafortunadamente se ha vuelto cultural, hasta un modelo de exportación, y nadie responde

Editorial

El trágico suceso de Jessy Paola Moreno Cruz, la señora que se suicidó con su hijo en el departamento del Tolima acosada por prestamistas usureros, asociados al fenómeno cultural en Colombia conocido como el ‘gota a gota’, solo es uno más en una larga historia de actos delictivos vinculados con esa necesidad de la gente de conseguir dinero fácil, mas no legal ni barato.

El ‘gota a gota’ es un préstamo informal, que se caracteriza por su inmediatez a la hora de desembolsarlo, lo que es el principal gancho para las personas que necesitan dinero de manera urgente, pero que por detrás resguarda una serie de condiciones asfixiantes, además de irregulares.

El ‘prestadiario’ no es más que una red de delincuentes que se aprovecha de la urgencia de los ciudadanos, quienes agradecen la llegada del dinero de forma casi mágica, pero que luego padecen el desespero de devolver lo solicitado con intereses que son superiores hasta en cinco veces la cantidad prestada. Esta ilegalidad no solo ya es parte de la cultura colombiana, sino que desafortunadamente se ha vuelto un modelo de exportación Made in Colombia. Estos prestamistas colombianos ya tienen una red en 11 países de América Latina. En esos países ya están plenamente identificados, pues las entidades judiciales aseguran que están estrechamente ligados al narcotráfico y al lavado de dinero. De hecho, aseguran que esa red de “gente que presta dinero” la encabezan bandas como la ‘Oficina de Envigado’, ‘Los Triana’, ‘Los Rastrojo’ y ‘ El Clan Úsuga’, entre otros.

El modus operandi es el mismo en todos los países. Los grupos que ejecutan el ‘gota a gota’ pasando las fronteras reclutan en Colombia a jóvenes que quieran alimentar la red y en vuelos comerciales llegan a esos destinos, en ocasiones, con el aval de autoridades corruptas de migración. Una vez allí, montan empresas fachada y ofrecen a personas de escasos recursos no bancarizadas montos de dinero bajos a intereses altos que se deben pagar al día y que se entregan al instante a cambio de una sola firma.

Además de la informalidad del mecanismo bajo el cual prestan dinero, la manera en que hacen los cobros y el monto de los intereses es considerado delito. El artículo 305 del Código Penal tipifica la usura como un delito y esto no es más que “el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla, incurrirá en prisión”.

La pena para esto es de dos a cinco años de prisión y una multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes (entre $41,5 millones y $165 millones). Además, el que compre cheque, sueldo, salario o prestación social bajo este delito, tendrá una pena de prisión de tres a siete años y una multa de 100 a 400 salarios mínimos legales mensuales.

Ni las cifras, ni las penas son suficientes para combatir un delito que se aprovecha de la urgencia de una madre o padre de familia o de ese comerciante que debe saldar deudas; una actividad que le está ganando terreno a la banca formal y tradicional, y cuyo caldo de cultivo es el auge del uso del efectivo que vigoriza a la economía informal. Sencillamente, una práctica ilegal que las autoridades se han tardado en reducir y castigar.

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