Salud

Afiliados a EPS pueden solicitar gafas formuladas en Colombia y estos son los requisitos

Gráfico LR

Se trata de una posible autorización para acceder a lentes correctivos a través de la EPS, siempre que exista una justificación médica

Sofía Gómez Villegas

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Las personas afiliadas al sistema de salud colombiano pueden solicitar la cobertura de gafas correctivas cuando un profesional de la salud determina que son necesarias para tratar una alteración visual. El acceso depende del diagnóstico, la fórmula médica y las condiciones establecidas por el Plan de Beneficios en Salud, PBS.

Este mecanismo no corresponde a una ayuda económica que se entregue directamente al paciente. Se trata de una posible autorización para acceder a lentes correctivos a través de la EPS, siempre que exista una justificación médica y se cumplan los requisitos correspondientes.

Quiénes pueden solicitar las gafas por la EPS

La solicitud puede realizarse desde los regímenes contributivo y subsidiado. Entre las personas que podrían acceder a esta cobertura están quienes tienen problemas visuales como miopía, astigmatismo, hipermetropía o presbicia, siempre que un optómetra u oftalmólogo determine la necesidad de utilizar lentes correctivos.

Para iniciar el trámite, es importante contar con una fórmula optométrica u oftalmológica vigente y con los soportes médicos que acrediten la condición visual. La autorización no es automática, pues cada caso debe ser evaluado por la entidad de salud.

Por otra parte, las monturas de lujo, los lentes con fines estéticos y otros tratamientos cosméticos relacionados con la visión no están incluidos en esta cobertura, por lo que sus costos deben ser asumidos por el usuario.

Cómo solicitar las gafas a través de la EPS

El procedimiento comienza con una consulta médica para evaluar la condición visual del paciente y determinar si necesita atención especializada.

Estos son los pasos generales para presentar la solicitud:

  • Solicitar una cita médica: el afiliado puede comenzar por medicina general o consultar optometría, si su EPS permite el acceso directo a este servicio.
  • Realizarse la valoración visual: si es necesario, el paciente será remitido a optometría u oftalmología para establecer el diagnóstico y determinar si requiere gafas formuladas.
  • Obtener la fórmula médica: el profesional de salud entregará la fórmula correspondiente, que servirá como soporte para solicitar la cobertura.
  • Radicar los documentos: el usuario debe presentar ante su EPS la fórmula y los demás soportes requeridos. Entre los documentos que pueden solicitarse están la copia de la cédula, la historia clínica, el diagnóstico y la orden médica autorizada.
  • Esperar la respuesta de la entidad: la EPS revisará la documentación y comunicará si aprueba la solicitud. En caso de autorización, indicará cómo acceder al servicio y cuál es el proveedor habilitado, según el procedimiento aplicable.
  • El trámite puede realizarse mediante los canales digitales de la EPS, aunque el procedimiento y los documentos exigidos pueden variar entre entidades.

Si la solicitud es rechazada y el afiliado considera que se está negando un servicio necesario para su salud visual, puede acudir a mecanismos como el derecho de petición y, cuando corresponda, los recursos legales disponibles para reclamar la atención.

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