Hacienda

Gobierno Nacional inició la no causación del impuesto a plásticos de un solo uso

Gráfico LR

La no causación del impuesto funcionará con la obtención de la Certificación de Economía Circular, CEC

Juliana Trujillo Velásquez

El Gobierno nacional de Colombia expidió el Decreto 0509 de 2026, mediante el cual se reglamenta el artículo 52 de la Ley 2277 de 2022 y se establecen las condiciones para la no causación del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

Este entró a regir oficialmente el pasado 20 de mayo. Según lo explicó la firma Holland & Knight, el decreto establece que la efectividad de la no causación del impuesto depende de la obtención de la Certificación de Economía Circular, CEC, la cual acredita el cumplimiento de metas ambientales relacionadas con el reciclaje y la gestión de residuos.

Gráfico LR

En la norma se detalla que la no causación se determina mediante un factor (entre 0 y 1) aplicado sobre los gramos gravados, el cual se calcula con base en criterios como el contenido reciclado, el aprovechamiento y recolección de residuos, y la participación en planes de gestión ambiental.

La certificación será expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Anla, previa verificación de requisitos definidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y tendrá una vigencia de un año.

Para aplicar la no causación, la certificación debe obtenerse antes de la presentación de la declaración del impuesto, pues esta define la proporción de la base no gravada.

En su análisis, Holland & Knight aclara que la regla general del decreto señala que la no causación no da lugar a devoluciones automáticas; sin embargo, esta limitación no aplica cuando la disminución del impuesto proviene de una corrección de la declaración.

En consecuencia, de acuerdo con la firma, en estos casos sí procede la devolución conforme al régimen general de pagos en exceso.

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